La Corte de Apelaciones de Santiago rechazó el recurso de protección presentado por el fiscal regional de O’Higgins, Emiliano Arias, en contra de la decisión del fiscal nacional, Jorge Abbott, que le aplicó una sanción administrativa.

En fallo dividido, la quinta sala del tribunal de alzada descartó un actuar arbitrario o ilegal del fiscal nacional, explicando que «el acto sancionado no es por haber dado entrevistas, sino por haberlo hecho incumpliendo las instrucciones que regulan la materia».

Además, el texto descarta la hipótesis de «un acto que importe censura previa que tenga por efecto controlar o limitar la libertad de expresión de un fiscal antes de que se emita».

Por ello, la resolución reitera que «la inconducta que se reprocha es el desconocimiento de instrucciones precisas y claras impartidas por el superior jerárquico del Ministerio Público y el haber emitido opinión respecto de supuestas responsabilidades atribuidas a imputados antes de la formalización, excediendo con ello la obligación de informar y proteger a las víctimas de los delitos de incendio investigados».

Finalmente, el fallo indica que «la resolución sancionatoria (contra Arias) contiene las motivaciones que determinan y justifican la medida disciplinaria impuesta al recurrente y su proporcionalidad».