Un llamado a respetar la prohibición de ejecutar quemas de desechos agrícolas y forestales en la región de Valparaíso, que comenzará a regir este sábado y se extenderá hasta -al menos- el 30 de marzo del 2018, realizaron el gobernador de la provincia de Quillota, César Barra, el seremi de Agricultura, Ricardo Astorga, y el director regional de la Corporación Nacional Forestal (Conaf), Leonardo Möder.

En ese contexto, en la plaza de Armas de Quillota, las autoridades, junto a personal de la gobernación provincial y Conaf, informaron a los transeúntes los pormenores de la normativa y las sanciones que arriesgan las personas que la transgredan, además de entregar material educativo y recomendaciones para evitar posibles emergencias.

En la oportunidad, el gobernador Barra sostuvo que “vamos a abordar esta problemática con las comunidades aledañas a la ribera del río Aconcagua, porque tenemos zonas que son críticas y donde trabajamos con la comunidad y las empresas que puedan estar en las cercanías. Ahora es importante que los vecinos denuncien las quemas agrícolas y se involucren en esta labor”.

Por su parte, el seremi de Agricultura detalló que “estamos directamente trabajando en la mesa de incendios forestales en el Gobierno Regional con el Intendente, generando las coordinaciones y articulaciones justamente para prevenir. Se viene una temporada compleja y, por tanto, ya estamos trabajando de manera coordinada”.

En tanto, el director regional de Conaf, manifestó que “se ha prohibido total y completamente el uso del fuego en toda la región de Valparaíso continental. Por lo tanto, para efectos de eliminar desechos agrícolas o forestales, en el campo o las áreas rurales, no hay otorgamientos de aviso de quema hasta el 30 de marzo, justamente para prevenir incendios forestales”.

Ante las actuales condiciones meteorológicas propicias para la proliferación y propagación de incendios forestales, que motivaron ayer (jueves) la declaración de alerta temprana preventiva regional, medida que se mantiene vigente, Möder pidió a la población “tener la máxima precaución, ser muy diligentes, muy prolijos, en materia del uso recreativo y doméstico del fuego y cualquier herramienta que pueda ser una fuente de calor. Hacer los cortafuegos alrededor de las viviendas cuando haya pastos y arbustos”.

Sanciones

Simple delito de empleo del fuego en contravención a la Ley de Bosques. Pena: presidio menor en sus grados mínimo a medio, de sesenta y un día a tres años; y multa de 11 a 50 UTM.

Simple delito de rozar a fuego infringiendo las disposiciones legales y reglamentarias. Pena: presidio menor en sus grados medio a máximo, de quinientos cuarenta y un días a cinco años; y multa de 50 a 150 UTM.

Delito culposo de provocar incendio que cause daño a bienes aludidos en el inciso segundo del artículo 22 de la Ley de Bosques. Pena: presidio menor en su grado medio a máximo, de quinientos cuarenta y un día a cinco años; y multa de 50 a 150 UTM.