Con el propósito de informar, educar y reforzar el conocimiento que tienen los consumidores respecto a sus derechos y las obligaciones de las empresas al realizar cobranzas extrajudiciales, el Servicio Nacional del Consumidor (Sernac) lanzó la campaña informativa “Aunque tengas una deuda, tienes derechos”.

Entre los objetivos de esta iniciativa está recordar a los consumidores que los llamados de cobranza sólo se pueden realizar los días hábiles, entre las 8:00 y las 20:00 horas, y que las empresas no pueden afectar su vida laboral o familiar, ni enviarles a los consumidores documentos que aparenten ser escritos judiciales, con el propósito de amedrentarlos.

La ley establece que las empresas están obligadas a realizar al menos una gestión de cobranza, sin cargo para el deudor, cuyo propósito es informarle al consumidor sobre su mora, acción que deberá realizar dentro de los siguientes 15 días a cada vencimiento impago.

El valor del gasto de cobranza, respecto al monto de la deuda vencida a la fecha del atraso, no puede superar los siguientes porcentajes, conforme a la siguiente escala progresiva: en deudas de hasta 10 unidades de fomento, 9%; en deudas de más de 10 y hasta 50 unidades de fomento, 6%, y las que excedan las 50 unidades de fomento, 3%. Los porcentajes indicados se aplicarán transcurridos los primeros veinte días de atraso.