El sábado 28 de octubre se publicaron en diarios de circulación nacional y regional, y en el sitio web del Servicio Electoral (Servel) las nóminas de vocales de mesas receptoras de sufragios, de los miembros de colegios escrutadores, de los locales de votación que funcionarán en estas elecciones y de sus respectivos delegados.

Aquellos que no puedan cumplir con su cargo de vocal el día de la elección, pueden presentar por escrito sus causales de excusa ante el Secretario de la Junta Electoral correspondiente, hasta este jueves 2 de noviembre.

Luego del periodo de excusas, las juntas electorales elaborarán una nómina de vocales reemplazantes, la que será publicada el sábado 4 de noviembre, para los cuales la legislación no considera un periodo para presentar excusas.

Sin embargo, si al momento de la elección se encuentren en una de las causales contempladas en la normativa para justificar su inasistencia, deben conservar la documentación que acredite dicha situación, ya que podrían ser denunciados por la Junta Electoral que los nombró ante el Juzgado de Policía Local respectivo.

Multas

Cabe destacar que los vocales de mesa que no concurran a desempeñar sus funciones, podrán ser sancionados con una multa a beneficio municipal que va de 2 a 8 UTM, es decir, aproximadamente entre $ 93.500 y $ 374.000.

En tanto, de llevarse a cabo una segunda votación para la elección de Presidente de la República, la que tendría lugar el 17 de diciembre, los vocales que participen el próximo 19 de noviembre, se entenderán convocados, por el solo ministerio de la ley, para cumplir iguales funciones.