Una mujer de 21 años fue condenada a cumplir una pena de 800 días de presidio menor en su grado mínimo, mientras que otros dos adolescentes deberán cumplir una pena de 300 días de régimen semicerrado con programa de reinserción social. Los tres fueron encontrados culpables de un delito de robo frustrado de vehículo.

Se trata de Juana Elena Muñoz Cortés de 21 años J.S.A.Z., 18 años, pero menor de edad a la fecha de cometido el ilícito y J.I.L.R, de 17 años.

La acusación fue sostenida por el fiscal David Cortés Alfaro, y se atuvo a los siguientes hechos, “El día 17 de agosto del año 2016, alrededor de las 00:00 horas, los imputados menores de edad y Juana Muñoz Cortés, llegaron hasta calle Galleguillos Lorca Esquina General Borgoño, de esta ciudad, lugar donde se encontraba estacionado un jeep, marca Suzuki, modelo Grand Nómade de color blanco, de propiedad de la víctima, instantes en el cual, con un caimán que portaban procedieron a fracturar el vidrio de la puerta trasera izquierda, luego de lo cual los imputados Muñoz Cortés y J.S.A.Z., ingresaron al móvil en los asientos del conductor y acompañante respectivamente, mientras que el coimputado J.I.L.R.  se ubicó en el exterior con la finalidad de avisar de la presencia de terceros, instantes en el que el otro imputado, con un destornillador procedió a fracturar el sector de la chapa de encendido del móvil logrando darle arranque, momento en el que fueron sorprendidos por carabineros logrando uno de ellos darse a la fuga, mientras que los otros dos fueron detenidos en el mismo vehículo.

Al retornar al lugar donde se encontraban ya detenidos los otros dos coimputados, la Policía pudo constatar los daños provocados al móvil e incautar las especies utilizadas para la comisión de este delito.”

Las defensas solicitaron la absolución de sus defendidos, argumentando que no se podría acreditar su participación en el ilícito, sin embargo no aportó prueba que refrendará esa tesis, mientras que los imputados se acogieron a su derecho a guardar silencio.

Los sentenciadores luego de valorar la prueba aportada, consistente en testimonial, pericial, documental y fotográfica, dieron por acreditado, tanto el delito como la participación que en los mismos correspondió a los tres acusados.

Por no reunir los requisitos que dispone la ley, no se concedieron beneficios sustitutivos a la mujer, por lo que deberá cumplir la pena de manera efectiva, mientras que los adolescentes deberán atenerse a los planes de intervención individual que elaborará el Sename.