Este martes, el ministro secretario general de la Presidencia, Nicolás Eyzaguirre, presentó el proyecto de ley orgánica constitucional que regula la elección popular de los Gobernadores Regionales, ante la comisión de Gobierno Interior de la Cámara de Diputados.

En la oportunidad, Eyzaguirre explicó los principales lineamientos de la iniciativa, que viene a complementar la reforma constitucional —promulgada en diciembre pasado—que consagra la posibilidad de que la ciudadanía elija a las principales autoridades regionales mediante el sufragio universal.

El Ministro Eyzaguirre destacó que en régimen, “los senadores y diputados no pueden renunciar a su cargo para postular a otro cargo de elección popular y, por tanto, estarían impedidos, de ser candidatos a Gobernador Regional”.

Por su parte, los alcaldes y concejales que deseen postular al puesto deberán renunciar previamente a la declaración de candidatura (90 días antes de una elección definitiva o 60 días antes de la elección primaria). En tanto, los ministros, subsecretarios, delegados presidenciales regionales y delegados presidenciales provinciales, deben renunciar un año antes de la elección.

Para que se pueda concretar la primera elección en 2017, debe estar publicado el nuevo procedimiento de transferencia de competencias 100 días antes de la elección parlamentaria. En ese caso, si ministros, subsecretarios, intendentes, gobernadores, miembros del consejo del Banco Central, o el Contralor General de la República deciden postular al cargo, deberán renunciar a sus puestos, también, 100 días antes de los comicios.