3_2_2008_16_46_59La Corte de Apelaciones de Santiago confirmó este lunes la sentencia que condenó al fisco a pagar una indemnización a los familiares de Matías Catrileo, quien falleció el 3 de enero de 2008 por un impacto de bala disparado por el carabinero Walter Ramírez.

La resolución del tribunal de alzada ratificó la resolución dictada por la jueza Inelie Durán, del Segundo Juzgado Civil de Santiago, quien determinó la responsabilidad del Estado en el actuar del cabo de Carabineros Walter Ramírez Inostroza.

El fallo determina que se trató de «una acción ilícita por parte de una persona que tenía la calidad de agente policial del Estado», añadiendo que «los mismos antecedentes reflejan que esta conducta reviste rasgos delictivos desde el punto de vista criminal y que, en lo concerniente a la responsabilidad civil, constituye, a lo menos, un cuasidelito si se le pone en relación con el resultado lesivo, toda vez que el agente, aun sin la intención positiva de causar el daño, obró negligentemente en el cumplimiento de una orden o en el ejercicio de sus funciones policiales,empleando, sin motivo racional, violencias innecesarias que aparejaron la muerte del ofendido Catrileo Quezada».

La resolución agrega que «sumados al carácter público y notorio de los hechos que caracterizan el conflicto indígena en la zona de la Araucanía, resultan ilustrativos sobre la percepción internacional y el levantamiento de información por y para entes internacionales sobre los diversos tópicos atinentes a la preocupante situación actual del pueblo mapuche y, muy especialmente, sobre la represión violenta de los actos de protesta o de demanda social por parte de los pueblos originarios, la que, inclusive, se mira constitutiva de abusos, torturas o malos tratos que transgreden los compromisos internacionales del Estado de Chile».

De acuerdo al fallo, el fisco deberá pagar 80 millones de pesos a María Quezada y 50 millones a Catalina Catrileo, madre y hermana del joven, respectivamente.