puntalcalde_114736La Tercera Sala de la Corte Suprema, autorizó el funcionamiento de la central termoeléctrica Punta Alcalde en la Región de Atacama, esto bajo la condición de estar sometida  a un monitoreo medioambiental permanente.

La Corte, que rechazó los recursos de protección presentados por los opositores al proyecto, estableció que la empresa, Endesa, deberá informar de forma pública los resultados de los monitores permanentes, centrándose en la temperatura registrada en la captación y vertimiento de las aguas de mar necesarias para el enfriamiento de sus chimeneas.

A la vez, la empresa deberá financiar a laboratorios independientes para que tomen estas muestras y realicen análisis, para luego enviar los resultados a Endesa y la autoridad Ambiental.

Sumado a esto, si se consigna que la empresa cae en alguna transgresión a la normativa, la autorización de operar será revocada.