bocaminaCorte de Apelaciones de Concepción decidió el cese de operaciones de la central termoeléctrica Bocamina II, ubicada en Coronel. Esto luego de acoger un recurso de recuperación presentado por algueras y pescadores artesanales. El principal argumento de esta decisión sería que la termoeléctrica no cuenta con una Resolución de Calificación Ambiental.

Según informó el sitio Soychile.cl el principal argumento que presentó el abogado Sebastián Espinoza para que la termoeléctrica deje de funcionar, es que no cuenta con una Resolución de Calificación Ambiental, lo que fue acogido por el tribunal de alzada. La orden de no innovar fue acogida por los ministros Adolfo Asencio y Rodrigo Cerda, junto con el abogado integrante Carlos Farfán.

Según la solicitud se debe paralizar el funcionamiento del turbo generador de 370 MW, de la chimenea y del sistema de refrigeración que aspira agua desde el mar. Todo esto, significa que el Sistema Interconectado Central (SIC) dejará de contar con la cantidad de Mega Watts mencionado.

La orden de paralización se hará efectiva una vez que la empresa Endesa sea notificada de la resolución.