chahuanEl senador Francisco Chahuán pidió hoy al Presidente de la República dictar un decreto de emergencia económica que lo faculta para hacer uso del 2% constitucional que contempla la Carta Fundamental, de manera de abordar el problema de los desechos domiciliarios que está afectando a cerca de 60 comunas del país a raíz del paro de los funcionarios municipales.

El parlamentario explicó que la norma del 2% constitucional está contemplada en el artículo 32 N°20 de la Carta Magna y consiste en un recurso de emergencia financiera al que puede recurrir el Presidente de la República, para situaciones excepcionales, fundamentada y justificadamente.

Chahuán sostuvo que la aplicación de esta norma se ajusta a la coyuntura, pues el traslado y disposición final de los desechos domiciliarios es un servicio que no puede ser interrumpido, precisando que existe una experiencia del uso de esta facultad por una situación similar en 1971 y lo propio hizo el gobierno anterior para sacar adelante el Transantiago.

El senador, quien esta mañana acompañará al candidato RN a diputado por Viña, Carlos Gómez, a la entrega de un camión recolector de basura para la Ciudad Jardín, aseguró que “esto se hace necesario debido a que si la declaración de estado de alerta sanitaria –que hemos pedido para la comuna de Valparaíso- contempla a más de 60 comunas del país, se torna absolutamente insuficiente”. A su juicio, el uso del 2% constitucional permitiría resolver el problema de los desechos domiciliarios que ya se arrastra por más de dos semanas y amenaza con agravarse con el fin de los turnos éticos para la recolección de la basura.

Por otra parte, también en el contexto del paro municipal, Chahuán pidió al gobierno que pueda establecer la extensión de los permisos de circulación vencidos y la ampliación del plazo para pagar la segunda cuota de éstos.

Vale señalar que a través del decreto que autoriza el uso del 2% constitucional, que lleva la firma de todos los ministros, el jefe de Estado queda facultado para ordenar “pagos no autorizados por la ley, para atender necesidades impostergables derivadas de calamidades públicas, de agresión exterior, de conmoción interna, de grave daño o peligro para la seguridad nacional o del agotamiento de los recursos destinados a mantener servicios que no puedan paralizarse sin serio perjuicio para el país”, según señala la Constitución.