la foto (3)La Secretaría Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo se pronunció en forma negativa respecto a la factibilidad de aprobar un anteproyecto de edificio en altura de 17 pisos en el Cerro Barón, en Valparaíso. Este pronunciamiento se hizo efectivo tras una reunión sostenida con el Diputado Joaquín Godoy, quien manifestó su inquietud por el anteproyecto.

La Secretaría Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo hizo observaciones de fondo respecto a la vialidad circundante. El anteproyecto pretendía levantar una edificación de 17 pisos, con 139 viviendas y 163 estacionamientos en la calle Industria n° 587 del Cerro Barón.

En este último punto, se especifica que ninguna de las tres vías mencionadas en el Certificado de Informaciones Previas emitido para el predio y en el que se emplaza el anteproyecto en cuestión, forman parte de la vialidad estructurante del Plan Regulador Comunal de Valparaíso.

En este sentido, el informe técnico del Seremi Minvu estableció que “los pasajes no podrán servir de acceso exclusivo a viviendas que excedan los dos pisos de altura más mansarda”.

El Seremi de Vivienda y Urbanismo, Matías Avsolomovich, explicó que “hoy podemos garantizar que este anteproyecto no es posible materializarse, porque nuestra propia Legislación y la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones (OGUC) prevé proteger la calidad de vida en los barrios, y no permite que edificación en altura de esta envergadura se emplace enfrentando vías que están categorizadas como pasajes”.

A juicio de Avsolomovich “este edificio generaría un impacto no menor en los barrios, y la OGUC impide que se desarrolle este tipo de proyectos. Al respecto, para nosotros es bien importante recordar que el Minvu está destinando recursos para apoyar al municipio en la actualización de su Plan Regulador Comunal, que busca, precisamente, establecer normativas claras y actualizadas para planificar la ciudad puerto de aquí a los próximos años, con el objeto de tener una imagen urbana más armónica y que sea coherente con la vocación del territorio porteño”.

Por su parte, el Diputado Joaquín Godoy, quien llegó a la SEREMI MINVU para informarse del pronunciamiento, se mostró satisfecho con la medida. “Hemos representado a familias del Cerro Barón que nos presentaron su preocupación por un tremendo proyecto que se iba a construir en calle Industrias y le hemos pedido al SEREMI de Vivienda que prohíba este proyecto, sobre todo pensando que el Alcalde Castro había planteado que todos los proyectos estaban congelados. La verdad que nos damos cuenta que muchos de aquellos proyectos que deberían estar congelados, no lo estaban”.

Asimismo, el Diputado agregó que “tenemos la suerte de tener una SEREMI que actúa con firmeza y espero seguir apelando a eso, para que no se siga destruyendo el ambiente de Valparaíso con la construcción de estas torres que al final del día son rechazadas por toda la comunidad (…) Todos creíamos que el municipio había congelado los permisos, pero finalmente nos damos cuenta que mucha de esa tramitación se hizo previamente al congelamiento efectivo que, supuestamente, iba hacer el municipio. Y, por la tanto, proyectos como éste entraron justo antes, y por suerte hemos hecho la presentación y la SEREMI de Vivienda nos ha dado buenas noticias porque este edificio no se puede construir”.

Proceso congelamiento

El proceso de congelamiento de los permisos de construcción de una comuna es una facultad de los alcaldes. La normativa de urbanismo y construcciones vigente, establece en su artículo 117° la posibilidad que los Municipios dispongan la postergación de permisos dentro de la comuna, en sectores que se encuentran afectados por estudios de modificación al Plan Regulador Comunal o intercomunal.

Esta normativa reviste un carácter excepcional, y en consecuencia de aplicación casuística y restrictiva, y consagra una facultad exclusiva de los Alcaldes.

El rol de esta SEREMI corresponde a la emisión de un informe técnico, el cual de ser favorable permite que la medida de postergación sea en definitiva adoptada, previa publicación en el Diario Oficial, momento a partir del cual la medida entra en vigencia. Tiene un plazo de 3 meses de vigencia, y puede ser prorroga hasta completar un máximo de 12 meses.